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Lista de aditivos alimentarios
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Detalles de los aditivos alimentarios
Cantaxantina (161g)
Sinónimo(s)
Clases funcionales
- Colorantes
GSFA Provisions for Cantaxantina
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Number | Categoría | Nivel máximo | Notas |
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12.2.2 | Aderezos y condimentos | 20 mg/kg | |
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15.1 | Aperitivos a base de patatas (papas), cereales, harina o almidón (derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas) | 45 mg/kg | |
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14.1.4.1 | Bebidas a base de agua aromatizadas con gas | 5 mg/kg | |
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14.1.4.2 | Bebidas a base de agua aromatizadas sin gas, incluidos los ponches de fruta y las limonadas y bebidas similares | 5 mg/kg | |
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14.2.7 | Bebidas alcohólicas aromatizadas (p. ej. cerveza, vino y bebidas con licor tipo bebida gaseosa, bebidas refrescantes con bajo contenido de alcohol) | 5 mg/kg | |
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01.1.4 | Bebidas lácteas líquidas aromatizadas | 15 mg/kg |
52: Excepto la leche chocolatada.
170: Excepto los productos que corresponden a la Norma para leches fermentadas (CODEX STAN 243-2003).
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14.1.4.3 | Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua aromatizadas | 5 mg/kg |
127: Sobre la base que se sirve al consumidor.
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04.1.2.5 | Confituras, jaleas, mermeladas | 200 mg/kg |
5: Quedan excluidos los productos que corresponden a la Norma para las confituras, jaleas y mermeladas (CODEX STAN 296-2009).
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02.3 | Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los productos a base de emulsiones grasas mezclados y/o aromatizados | 15 mg/kg | |
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02.2.2 | Grasas para untar, grasas lácteas para untar y mezclas de grasas para untar | 15 mg/kg |
214: Excepto los productos que corresponden a la Norma para materias grasas lácteas para untar (CODEX STAN 253-2006).
215: Excepto los productos que corresponden a la Norma para grasas para untar y mezclas de grasas para untar (CODEX STAN 256-2007).
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04.2.2.2 | Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas | 10 mg/kg | |
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10.1 | Huevos frescos |
4: Para uso en decoración, sellado, marcado o marcado a fuego del producto solamente.
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14.2.6 | Licores destilados que contengan más de un 15 por ciento de alcohol | 5 mg/kg | |
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12.5.2 | Mezclas para sopas y caldos | 30 mg/kg |
XS117: Excluidos los productos regulados por la Norma del Codex para los "bouillons" y consomés (CODEX STAN 117-1981).
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11.4 | Otros azúcares y jarabes (p. ej. xilosa, jarabe de arce y aderezos de azúcar) | 15 mg/kg | |
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06.4.2 | Pastas y fideos deshidratados y productos análogos | 15 mg/kg |
211: Sólo para uso en los fideos.
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06.4.3 | Pastas y fideos precocidos y productos análogos | 15 mg/kg |
XS249: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para la fideos instantáneos (CXS 249-2006).
153: Sólo para uso en los fideos instantáneos.
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09.4 | Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados | 15 mg/kg |
XS119: Excluidos los productos regulados por la Norma para pescados en conserva (CODEX STAN 119-1981).
XS37: Excluidos los productos regulados por la Norma para los camarones en conserva (CODEX STAN 37-1991).
XS3: Excluidos los productos regulados por la Norma para el salmón en conserva (CODEX STAN 3-1981).
XS70: Excluidos los productos regulados por la Norma para el atún y el bonito en conserva (70-1981).
XS90: Excluidos los productos regulados por la Norma para la carne de cangrejo en conserva (CODEX STAN 90-1981).
XS94: Excluidos los productos regulados por la Norma para las sardinas y productos análogos en conserva (CODEX STAN 94-1981).
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09.2.5 | Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o salados, incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos | 15 mg/kg |
22: Sólo para uso en productos pesqueros ahumados.
XS167: Excluidos los productos regulados por la Norma para pescado salado y pescado seco salado de la familia Gadidae (CODEX STAN 167-1989).
XS222: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para galletas de pescado marino y de agua dulce y de mariscos, crustáceos y moluscos (CODEX STAN 222-2001).
XS189: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para las aletas de tiburón secas (CODEX STAN 189-1993).
XS236: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para las anchoas hervidas secas saladas (CODEX STAN 236-2003).
XS311: Excluidos los productos que correspondan a la Norma para el pescado ahumado, pescado con sabor a humo y pescado secado con humo (CODEX STAN 311-2013).
XS244: Excluidos los productos regulados por la Norma para el arenque del Atlántico salado y el espadín salado (CODEX STAN 244-2004).
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09.2.1 | Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos | 35 mg/kg |
XS165: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para bloques de filetes de pescado, carne de pescado picada y mezclas de filetes y de carne de pescado picada congelados rápidamente (CODEX STAN 165-1989).
XS190: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para filetes de pescado congelados rápidamente (CODEX STAN 190-1995).
95: Para uso en alimentos no normalizados: sólo para uso en productos de surimi y huevas de pescado.
XS191: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para los calamares congelados rápidamente (CODEX STAN 191-1995).
XS292: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para los moluscos bivalvos vivos y los moluscos bivalvos crudos (CODEX STAN 292-2008).
XS312: Excluidos los productos que corresponden a la Norma relativa al abalón vivo y al abalón crudo, fresco, refrigerado o congelado destinado al consumo directo o a su procesamiento ulterior (CODEX STAN 312-2013).
XS315: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para los productos de pectínidos frescos y pectínidos crudos congelados rápidamente (CODEX STAN 315-2014).
XS36: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para pescados no eviscerados y eviscerados congelados rápidamente (CODEX STAN 36-1981).
XS95: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para para langostas congeladas rápidamente (CODEX STAN 95-1981).
XS92: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para los camarones congelados rápidamente (CODEX STAN 92-1981).
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06.5 | Postres a base de cereales y almidón (p. ej. pudines de arroz, pudines de mandioca) | 15 mg/kg | |
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04.1.2.9 | Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de fruta | 15 mg/kg | |
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02.4 | Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de alimentos 01.7 | 15 mg/kg | |
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10.4 | Postres a base de huevo (p. ej. flan) | 15 mg/kg | |
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01.7 | Postres lácteos (como pudines, yogur aromatizado o con fruta) | 15 mg/kg |
170: Excepto los productos que corresponden a la Norma para leches fermentadas (CODEX STAN 243-2003).
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01.6.5 | Productos análogos al queso | 15 mg/kg | |
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08.3.1.1 | Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados, curados (incluidos los salados) y sin tratamiento térmico | 100 mg/kg |
118: Excepto para uso en tocino (embutido fresco, curado) a 1 000 mg/kg.
16: Para uso en el glaseado, rebozado o decoración de frutas, hortalizas, carnes o pescados solamente.
4: Para uso en decoración, sellado, marcado o marcado a fuego del producto solamente.
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04.1.2.6 | Productos para untar a base de fruta (p. ej. el “chutney”), excluidos los productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5 | 15 mg/kg | |
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01.6.4.2 | Queso elaborado aromatizado, incluido el que contiene fruta, hortalizas, carne, etc. | 15 mg/kg | |
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01.6.2 | Queso madurado | 15 mg/kg |
201: Sólo para uso en productos aromatizados.
XS263: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Cheddar (CXS 263-1966).
XS264: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Danbo (CXS 264-1966).
XS266: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Gouda (CXS 266-1966).
XS265: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Edam (CXS 265-1966).
XS268: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Samsø (CXS 268-1966).
XS267: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Havarti (CXS 267-1966).
XS269: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Emmental (CXS 269-1967).
XS271: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Saint-Paulin (CXS 271-1968).
XS270: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Tilsiter (CXS 270-1968).
XS272: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Provolone (CXS 272-1968).
XS274: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Coulommiers (CXS 274-1969).
XS277: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Brie (CXS 277-1973).
XS276: Excluidos los productos correspondientes a la Norma para el Camembert (CXS 276-1973).
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01.6.1 | Queso no madurado | 15 mg/kg |
201: Sólo para uso en productos aromatizados.
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04.1.2.11 | Rellenos de fruta para pastelería | 15 mg/kg | |
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12.6 | Salsas y productos análogos | 30 mg/kg |
XS302: Excluidos los productos regulados por la Norma para la salsa de pescado (CODEX STAN 302-2011).
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09.3.3 | Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de huevas | 15 mg/kg |
XS291: Excluidos los productos regulados por la Norma para el caviar de esturión (CODEX STAN CODEX STAN 291-2010).
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Nota: A menos que se especifique lo contrario, las disposiciones sobre aditivos alimentarios se aplican a la categoría de alimentos indicada (por ejemplo, Lácteos), así como a todas las subcategorías de esa categoría (por ejemplo, Queso, Queso madurado, etc.).
CS XXX-XXXX
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