GSFA Provisions for GLICÓSIDOS DE ESTEVIOL

Table Items Number Categoría Nivel máximo Notas
Table Item 12.2.2 Aderezos y condimentos 30 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 13.5 Alimentos dietéticos (p. ej. los complementos alimenticios para usos dietéticos), excluidos los indicados en las categorías de alimentos 13.1 a 13.4 y 13.6 660 mg/kg
198: Para uso en productos sólidos (p.ej., barras energéticas, sustituyentes de comidas o enriquecidas) solamente. 294: Excepto para uso en productos líquidos a 600 mg/kg como equivalentes de esteviol. 26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 13.3 Alimentos dietéticos para usos médicos especiales (excluidos los productos de la categoría de alimentos 13.1) 350 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 15.0 Aperitivos listos para el consumo 170 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 14.1.4 Bebidas a base de agua aromatizadas, incluidas las bebidas para deportistas, bebidas energéticas o bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas 200 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 06.8.1 Bebidas a base de soja 200 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 14.2.7 Bebidas alcohólicas aromatizadas (p. ej. cerveza, vino y bebidas con licor tipo bebida gaseosa, bebidas refrescantes con bajo contenido de alcohol) 200 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 01.1.4 Bebidas lácteas líquidas aromatizadas 200 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol. XS243: Excluidos los productos naturales que correspondan a la Norma para las leches fermentadas (CODEX STAN 243 2003).
Table Item 14.1.5 Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao 200 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol. 160: Sólo para uso en productos listos para tomar y pre mezclas de productos listos para tomar.
Table Item 06.3 Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena 350 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 13.6 Complementos alimenticios 2500 mg/kg
203: Sólo para uso en complementos masticables. 26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.1.2.5 Confituras, jaleas, mermeladas 360 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 05.2 Dulces, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, etc. distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3 y 05.4 700 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol. 199: Excepto para uso en microdulces y mentas para refrescar el aliento a 6 000 mg/kg como equivalentes de esteviol. XS309R: Excluidos los productos que correspondan a la Norma regional para la halva con tahina (CODEX STAN 309R 211).
Table Item 11.6 Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran intensidad
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 12.7 Ensaladas (p. ej., la ensalada de macarrones, la ensalada de patatas (papas)) y productos para untar en emparedados, excluidos los productos para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos 04.2.2.5 y 05.1.3 115 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.1.2.12 Frutas cocidas o fritas 40 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.1.2.7 Frutas confitadas 40 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.1.2.4 Frutas en conserva, enlatadas o en frascos (pasteurizadas) 330 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol. XS319: Excluidos los productos regulados por la Norma para algunas frutas en conserva (CODEX STAN 319-2015).
Table Item 04.1.2.3 Frutas en vinagre, aceite o salmuera 100 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 05.3 Goma de mascar 3500 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 03.0 Hielos comestibles, incluidos los sorbetes 270 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.2.2.8 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera) y algas marinas cocidas o fritas 40 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.2.2.4 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos (pasteurizadas) o en bolsas de esterilización 70 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.2.2.3 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o salsa de soja 330 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.2.2.2 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas 40 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 12.6.3 Mezclas para salsas y “gravies” 350 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol. 127: Sobre la base que se sirve al consumidor.
Table Item 12.4 Mostazas 130 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 14.1.3 Néctares de frutas y hortalizas 200 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 12.9.2.3 Otras salsas de soja 165 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 09.4 Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados 100 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol. XS119: Excluidos los productos regulados por la Norma para pescados en conserva (CODEX STAN 119-1981). XS3: Excluidos los productos regulados por la Norma para el salmón en conserva (CODEX STAN 3-1981). XS90: Excluidos los productos regulados por la Norma para la carne de cangrejo en conserva (CODEX STAN 90-1981). XS70: Excluidos los productos regulados por la Norma para el atún y el bonito en conserva (70-1981). XS37: Excluidos los productos regulados por la Norma para los camarones en conserva (CODEX STAN 37-1991). XS94: Excluidos los productos regulados por la Norma para las sardinas y productos análogos en conserva (CODEX STAN 94-1981).
Table Item 09.3.2 Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos 165 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 09.3.1 Pescado y productos pesqueros marinados y/o en gelatina, incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos 100 mg/kg
144: Sólo para uso en productos agridulces. 26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 06.5 Postres a base de cereales y almidón (p. ej. pudines de arroz, pudines de mandioca) 165 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.1.2.9 Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de fruta 350 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 02.4 Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de alimentos 01.7 330 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 10.4 Postres a base de huevo (p. ej. flan) 330 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 01.7 Postres lácteos (como pudines, yogur aromatizado o con fruta) 330 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.1.2.8 Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos de fruta y la leche de coco 330 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 13.4 Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso 270 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.2.2.7 Productos a base de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera) y algas marinas fermentadas, excluidos los productos fermentados de soja de las categorías 06.8.6, 06.8.7, 12.9.1, 12.9.2.1 y 12.9.2.3 200 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 01.5.2 Productos análogos a la leche y la nata (crema) en polvo 330 mg/kg
201: Sólo para uso en productos aromatizados. 26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 08.3.2 Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados, elaborados y tratados térmicamente 100 mg/kg
202: Sólo para uso en la salmuera para la producción de embutidos. 26: Como equivalentes de esteviol. XS89: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para la "carne luncheon" (CODEX STAN 89-1981). XS88: Excluidos los productos que corresponden a la Norma para la carne tipo "corned beef" (CODEX STAN 88-1981). XS98: Excluidos los productos que corresponden a y la Norma para la carne picada curada cocida (CODEX STAN 98-1981).
Table Item 04.1.2.10 Productos de fruta fermentada 115 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.1.2.6 Productos para untar a base de fruta (p. ej. el “chutney”), excluidos los productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5 330 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.2.2.6 Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5 165 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.2.2.5 Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas (p. ej., la mantequilla de maní (cacahuete)) 330 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 04.1.2.11 Rellenos de fruta para pastelería 330 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 12.9.2.1 Salsa de soja fermentada 30 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 12.9.2.2 Salsa de soja no fermentada 165 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 12.6.1 Salsas emulsionadas y salsas para mojar (p.ej. mayonesa, aderezos para ensaladas, salsa para mojar de cebollas) 350 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 12.6.4 Salsas ligeras (p. ej. salsa de pescado) 350 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol. XS302: Excluidos los productos regulados por la Norma para la salsa de pescado (CODEX STAN 302-2011).
Table Item 12.6.2 Salsas no emulsionadas (p. ej. salsa de tomate “ketchup”, salsas a base de queso, salsas a base de nata (crema) y salsas hechas con jugo de carne asada “gravy”) 350 mg/kg
26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 12.5 Sopas y caldos 50 mg/kg
XS117: Excluidos los productos regulados por la Norma del Codex para los "bouillons" y consomés (CODEX STAN 117-1981). 26: Como equivalentes de esteviol.
Table Item 09.3.3 Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de huevas 100 mg/kg
XS291: Excluidos los productos regulados por la Norma para el caviar de esturión (CODEX STAN CODEX STAN 291-2010). 26: Como equivalentes de esteviol.
Nota: A menos que se especifique lo contrario, las disposiciones sobre aditivos alimentarios se aplican a la categoría de alimentos indicada (por ejemplo, Lácteos), así como a todas las subcategorías de esa categoría (por ejemplo, Queso, Queso madurado, etc.).